Ciudadanos no pertenecientes a la UE
Llegada – Visado y documentos necesarios
El visado de estudiante es un permiso de residencia que permite a los ciudadanos extracomunitarios permanecer en España mientras estudian en centros educativos públicos o privados. Es obligatorio para quienes tengan previsto permanecer en el país más de 90 días. Todas las personas que deseen matricularse en cualquier tipo de formación profesional, grado, máster, posgrado o doctorado deben solicitar un visado de estudiante.
Si resides fuera de tu país de origen al solicitar un visado de estudiante, la embajada o el consulado español en el país donde resides actualmente podría exigirte que regreses a tu país de origen para solicitar dicho visado.
Además de solicitar tu visa de estudiante, tendrás que obtener tu Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE, por sus siglas en español) durante tu primer mes de estancia en el país.
Documentos que el estudiante debe reunir antes de su llegada:
1. Formulario de solicitud de visa
Completa el documento y fírmalo. En caso de que el solicitante sea menor de edad, deberá firmarlo un padre, tutor legal o representante acreditado.
2. Pago de la tasa de visado
Es obligatorio pagar la tasa de visado al mismo tiempo que se presenta la solicitud de visado.
Los documentos que no estén en español deberán estar legalizados o apostillados y, en su caso, deberán presentarse junto con una traducción oficial al español.
Toda la documentación debe presentarse primero en el consulado del país del estudiante. El consulado te proporcionará la información relativa al trámite y un comprobante para consultar el estado de la visa por internet. El plazo de resolución es de aproximadamente un mes.
Las solicitudes de visado de estudiante deben presentarse con suficiente antelación para que no coincidan con el inicio del curso. De hecho, pueden iniciarse hasta 90 días antes de la fecha prevista de entrada en España.
3. Fotografía
Fotografía a color tamaño pasaporte con fondo claro, que muestre el rostro del solicitante sin ningún accesorio ni prenda que lo cubra. La foto no debe tener más de tres meses de antigüedad. Si la foto no cumple con todos los requisitos necesarios, se anulará la emisión de la visa.
4. Pasaporte válido y vigente.
Original y fotocopia de las páginas de datos biométricos. No debe caducar antes del regreso o durante al menos la duración de la estancia y debe contener dos páginas en blanco.
5. Prueba de aceptación de los estudios
En este caso, debe tratarse de la carta de aceptación de una institución educativa acreditada para estudios a tiempo completo o para un programa de intercambio estudiantil. Debe presentar el original y una copia del documento.
6. Prueba de solvencia económica
Documento oficial que certifique que el estudiante, su representante legal o familiar que lo respalda, cuenta con los medios económicos suficientes para cubrir los gastos de su estancia y regreso. Para calcular este importe, se toma como referencia el Indicador Público de Ingresos de Efecto Múltiple (IPREM) en España, que, en el caso de viajar solo, ascendería a unos 600 euros mensuales por estudiante.
Es importante acreditar el apoyo financiero que sea responsabilidad propia o de un familiar, realizado mediante: Resúmenes de cuentas bancarias o depósitos a plazo fijo / recibos de sueldo o pensión o cualquier otro ingreso regular (siempre que se reciba durante su estancia en España).
En el caso de trabajadores autónomos, se requiere documentación que acredite la actividad o el negocio, acompañada de extractos bancarios. Si el apoyo financiero del estudiante proviene de un familiar, además de la documentación anterior, se deberá presentar lo siguiente:
– Compromiso de apoyo financiero por parte del familiar en cuestión, realizado ante notario público.
– Prueba de la relación familiar entre el solicitante y el garante mediante certificados de nacimiento, certificados de matrimonio o actas de unión civil debidamente apostilladas.
7. Certificado médico
Demostrar que el solicitante no padece ninguna enfermedad que pueda tener graves repercusiones para la salud pública, de conformidad con el Reglamento Sanitario Internacional de 2005. Solo para estancias superiores a 180 días, expedido en los últimos tres meses por un médico colegiado. Legalizado por el Ministerio de Sanidad (si el registro es nacional). Certificación de registros nacionales y apostillada por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
8. Seguro médico
Original y copia del certificado de seguro médico contratado con una compañía aseguradora autorizada para operar en España. El seguro debe cubrir todos los riesgos cubiertos por el sistema público de salud español. Asimismo, debe cubrir el 100 % de los gastos médicos, tanto hospitalarios como ambulatorios, sin copagos, franquicias ni límites de cobertura.
Este certificado debe ser expedido por un médico colegiado con una antelación no superior a tres meses a la fecha de solicitud, y debe estar redactado en los siguientes términos o similares:
Si el certificado médico se emite en inglés: “Este certificado de salud declara que el Sr./la Sra. (…) no padece ninguna de las enfermedades que puedan tener graves repercusiones para la salud pública de conformidad con lo estipulado en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.”
Los certificados expedidos en un idioma distinto del español deberán ir acompañados de una traducción jurada al español.
9. Certificado de antecedentes penales
Los estudiantes mayores de edad deben demostrar si han cometido algún delito en los últimos cinco años. Para ello, deben presentar el original y una copia del certificado de antecedentes penales expedido en los tres meses anteriores a la solicitud de visa.
Debe estar autenticado por las representaciones consulares del país emisor o, en el caso de los países signatarios del Convenio de La Haya del 5 de octubre de 1961, llevar la Apostilla de La Haya, salvo los documentos oficiales expedidos por un Estado miembro de la Unión Europea, que no requieren legalización. El documento debe estar traducido al español.
10. Prueba de residencia en un distrito consular.
Presenta un comprobante de residencia legal en el distrito consular. El propósito es verificar tu distrito consular, por lo que te recomendamos visitar la sección correspondiente del sitio web del Consulado.
Si el/la estudiante es menor de edad, deberá presentar la documentación que acredite su representación legal. En caso de que el/la solicitante sea menor de edad, deberá presentar la autorización original y una copia de la autorización de sus padres o tutores legales para su traslado temporal a España, debidamente certificada ante notario. En este documento también deberá constar el nombre de la persona que se hará cargo del menor en España.
Los documentos extranjeros deben estar legalizados o apostillados y, cuando corresponda, deben presentarse junto con una traducción oficial al español.